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18) Interpretación de las normas y derecho de explicación

Actualizado hace más de 2 meses

Concepto: La interpretación final de las normas corresponde exclusivamente a la empresa. Antes de adoptar medidas definitivas por un posible incumplimiento, el trader podrá presentar explicaciones, aclaraciones o justificaciones que estime oportunas si la empresa lo solicita o lo considera necesario.

NOTA: La aportación de dichas explicaciones no limitará ni condicionará la facultad de la empresa para adoptar las decisiones que considere oportunas conforme a las presentes normas.

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