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3) IPs, dispositivos y VPN

Actualizado hace más de 2 meses

Concepto: El trader deberá operar exclusivamente desde dispositivos de uso personal. Las direcciones IP utilizadas deben ser coherentes con los datos facilitados en el proceso KYC. El uso de VPN está permitido salvo que la IP resultante corresponda a países restringidos por la empresa.

Por qué importa: Asegura la trazabilidad real del trader, evita suplantaciones y protege tanto al programa como a los participantes frente a abusos.

Buen ejemplo: Operas desde tu ordenador personal en casa; tu IP coincide con la ciudad indicada en tu KYC o usas una VPN que muestra una IP en el mismo país permitido.

Mal ejemplo: Operar desde un ordenador público (café, biblioteca) o desde la cuenta de otra persona; usar una VPN que cambia tu IP a un país restringido.

Consejo práctico: Usa siempre tu propio dispositivo; si necesitas VPN, elige un servidor en el mismo país que figura en tu KYC y guarda en tus registros la sesión o explica su uso en tu perfil. Si cambias de dispositivo o de ubicación, notifícalo al equipo de soporte.

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